En el Auto de la Audiencia Provincial de Madrid de 26 de septiembre de 2016 se reitera la doctrina jurisprudencial de acuerdo con la cual, el hecho de que exista un pleito entre los socios y la sociedad acerca de a quién corresponde la titularidad de las acciones no afecta a los pleitos de impugnación de acuerdos sociales, para los que estarán legitimados los que aparezcan como tales de acuerdo con las normas sobre legitimación para el ejercicio de los derechos de socio y, en concreto, para el ejercicio de las acciones de impugnación (art. 206 LSC). De manera que no procede suspender el pleito de impugnación de acuerdos sociales por prejudicialidad civil hasta que se dirima el relativo a la titularidad de las acciones.
“Reading and thinking. The beauty of doing it, is that if you’re good at it, you don’t have to do much else" Charlie Munger. "La cantidad de energía necesaria para refutar una gilipollez es un orden de magnitud mayor que para producirla" Paul Kedrosky «Nulla dies sine linea» Antonio Guarino. "Reading won't be obsolete till writing is, and writing won't be obsolete till thinking is" Paul Graham.
Mostrando entradas con la etiqueta acciones. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta acciones. Mostrar todas las entradas
lunes, 26 de diciembre de 2016
miércoles, 19 de octubre de 2016
Introducción a la transmisibilidad de acciones y participaciones
En la sociedad anónima, si los socios no han pactado nada en los estatutos, las acciones son libremente transmisibles por cualquier título (art. 123 LSC). En la sociedad limitada, si los socios no han pactado nada, (el régimen legal supletorio) las participaciones son libremente transmisibles entre socios y sus familiares y entre sociedades de un mismo grupo (art. 107.1 LSC) y limitadamente transmisibles a terceros, es decir, se requiere la autorización de la sociedad para poder llevar a cabo la transmisión que ésta sólo podrá denegar si, simultáneamente, ofrece un comprador al socio que quiere vender, comprador que puede ser cualquier socio o cualquier tercero e incluso la propia sociedad (art. 107.2 LSC). Además, la ley prohíbe las cláusulas que hagan las participaciones total y libremente transmisibles (art. 108.1 LSC) y las que hagan intransmisibles (por más de 5 años art. 108.4 LSC) salvo que, simultáneamente, los estatutos reconozcan al socio un derecho de separación sin causa o ad nutum (“en cualquier momento”).
Algún sector de la doctrina entiende que, para que el socio pueda ejercer el derecho de separación que le atribuye la norma, es necesario que haya intentado transmitir y la sociedad se lo haya impedido en aplicación de la norma legal. A nuestro juicio, y a salvo de una regulación estatutaria en ese sentido, el socio de una sociedad limitada cuyos estatutos prevén que las participaciones sean intransmisibles puede ejercitar directamente su derecho de separación sin necesidad de probar que ha intentado transmitirlas. Esta conclusión se justifica porque las participaciones aparecen configuradas estatutariamente como intransmisibles y se impone una pesada carga sobre el socio si, para poder dejar de serlo, ha de probar que la sociedad le denegó la autorización para transmitir, lo que se contradice patentemente con la previsión estatutaria que establece la intransmisibilidad.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)
Archivo del blog
-
▼
2024
(189)
-
▼
marzo
(67)
- Citas: efectos de la obligación de informar sobre ...
- La regulación no debe determinar quién es el compe...
- La menguante Directiva de sostenibilidad y diligen...
- La inconstitucionalidad de las leyes arbitrarias y...
- El último número de la RdS
- Citas: despidos más litigiosos, nacionalismo, medi...
- Citas: niños coreanos más felices, cómo bajar los ...
- La conjura contra España (LXIV): Islamistas, Femin...
- Rescindibilidad de los pagos efectuados con las lí...
- Distribución del sobrante de una ejecución hipotec...
- Compraventa de inmueble entre empresarios con prec...
- Una vez abierta la fase de liquidación en un concu...
- La conjura contra España (LXIII): ¡Ay Carmona!
- Citas: prosocialidad, TJUE, AP Pontevedra, Canadá ...
- La responsabilidad ilimitada de los accionistas es...
- Citas: India, Fikre, Levine, Dobbs, Google, Argent...
- Atlas del derecho consuetudinario francés en la Ed...
- Historia del Derecho Europeo de Paolo Grossi (ii)
- El dies a quo para el inicio del cómputo del plazo...
- Citas: prostitución, feminismo 1.0 y matrimonios e...
- Rechazo a la rendición de cuentas del administrado...
- "Ninguna atención merece el argumento, que no debe...
- Los jesuitas del XVII y el Derecho de Contratos
- Transacción vinculada realizada en conflicto de in...
- Cooperación superaditiva: el aumento de la flexibi...
- Citas: trabajadores tóxicos, Victor Lapuente, jugu...
- La conjura contra España (LXII): la transformación...
- Citas: RTVE, López Burniol, Mollick, Montano, Tik ...
- La eficiencia del franchising
- No hay comidas gratis (I): si haces una carrera Mi...
- El dominio dividido y el concepto de propiedad
- Efectos de las medidas antipandemia sobre la super...
- Los estereotipos funcionan para realizar inferenci...
- Derecho del prestamista a una compensación que cub...
- Michael Tomasello: la evolución de la agencia en l...
- Historia del Derecho Europeo de Paolo Grossi (i)
- La conjura contra España (LXI): a Lola Pons no le ...
- Adam Smith ante los tribunales
- Citas: los más pobres de Europa en 2030 gracias al...
- ¿Préstamo o cuentas en participación?
- Compañías comerciales en el mundo antiguo
- Patricia Crone, Sociedades preindustriales (i): ra...
- Congreso sobre sostenibilidad y gobierno corporativo
- Citas: el Papa, Hegel, Buffet, Grocio y, cómo no, ...
- Las mujeres no son menos cooperativas que los homb...
- Liquidación y extinción de una sociedad que carece...
- Nombramiento de liquidador en expediente de jurisd...
- Auto no firme de suspensión de acuerdos sociales a...
- Prescripción de la responsabilidad del administrad...
- Efectos de las fusiones sobre los contratos celebr...
- Citas: WEIRD, Alvarito y su currículum, alcohol, c...
- Cuota de liquidación a un socio que no incluye div...
- Ranieri: persona jurídica
- Archivo
- El acuerdo social como negocio jurídico
- La conjura contra España (LX): tras la temporada d...
- La cooperación en sociedades humanas de gran tamaño
- Citas: dime cómo son tus élites y te diré cuán pró...
- Peter Ulmer ha muerto el 17 de enero de 2024
- La conjura contra España LIX: una escalera para po...
- Hombres y mujeres, mujeres y hombres
- La sentencia Newtral del Tribunal Supremo: no hay ...
- Plazo de prescripción de la acción de responsabili...
- Un arrendamiento de vivienda en el Supremo: tácita...
- Citas: hispanofobia nacionalista e inmigración int...
- Michael Tomasello: la evolución de la agencia en l...
- Citas: periodistas que se hacen el listo, "tus cab...
-
▼
marzo
(67)
-
►
2023
(573)
- ► septiembre (62)
-
►
2022
(425)
- ► septiembre (39)
-
►
2021
(507)
- ► septiembre (22)
-
►
2020
(465)
- ► septiembre (32)
-
►
2019
(516)
- ► septiembre (33)
-
►
2018
(740)
- ► septiembre (62)
-
►
2017
(651)
- ► septiembre (49)
-
►
2016
(531)
- ► septiembre (36)
-
►
2015
(484)
- ► septiembre (14)
-
►
2014
(515)
- ► septiembre (31)
-
►
2013
(593)
- ► septiembre (53)
-
►
2012
(627)
- ► septiembre (61)
-
►
2011
(737)
- ► septiembre (56)
-
►
2010
(570)
- ► septiembre (76)
-
►
2009
(177)
- ► septiembre (16)