jueves, 29 de diciembre de 2016

Falta de transparencia en el caso concreto de una cláusula que establecía un interés mínimo del 5 %

La sentencia recurrida establece que los demandantes se encontraban en una situación económica muy grave, ya tenían descubiertos con el Banco y la firma del préstamo hipotecario era su única salida. Y el propio recurso afirma que se solicitó la refinanciación en el mes de agosto de 2010, "cuando el Euribor ya llevaba un par de años en mínimos históricos". En dicha situación es evidente que los prestatarios no conocían la carga económica que representaba suscribir una cláusula por la que se establecía un tipo de interés mínimo del cinco por ciento. Ese porcentaje resulta tan elevado que convierte un préstamo a interés variable en un préstamo a interés fijo, por otra parte en inmejorables condiciones para el Banco (atendiendo a la propia situación que describe el recurso en el momento de la firma). Por ello también es relevante que la cláusula se inserte en el conjunto de la estipulación tercera, que contempla un préstamo a interés variable entre un conjunto de previsiones de diverso tipo (hasta ocho apartados), en donde todas incluyen epígrafes en negrita (no en mayúscula), lo que únicamente refleja un formato uniforme. Alguno de esos epígrafes, como señala la sentencia recurrida comprende hasta ocho subapartados.

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