jueves, 8 de diciembre de 2011

La obligación de obtener la tarjeta de embarque en la página web no es una condición abusiva

Se trata de la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 5 de octubre de 2011. El viajero-consumidor se quejaba de que le hubieran hecho pagar 40 € por llegar al aeropuerto sin la tarjeta de embarque. La Audiencia revoca la sentencia de 1ª instancia básicamente porque el viajero sabía que tendría que pagar esa cantidad si no sacaba la tarjeta de embarque en la página web y porque cargar esa cantidad no significa que la compañía aérea no esté proporcionando un “título de transporte”
la tarjeta de embarque no es confeccionada, expedida y entregada al pasajero en el momento del embarque en el mostrador de tierra de la compañía, sino dos semanas antes, y es puesta a disposición del pasajero en la página web de RYANAIR con expresas instrucciones para que éste la imprima y la lleve consigo al aeropuerto para ser mostrada en la puerta de embarque. Con este método, la compañía agiliza el trámite del embarque además de obtener, sin duda, un ahorro de costes al evitar el despacho e impresión de las tarjetas de embarque a cargo de su personal de tierra en el correspondiente mostrador del aeropuerto, lo cual, al margen de que proporciona también un ahorro de tiempo al pasajero, no supone necesariamente un perjuicio contractual para el usuario o un menoscabo injustificado de sus derechos.
¿Por qué nos parece muy sensata la solución de la Audiencia?

2 comentarios:

Anónimo dijo...

La solución al problema así planteado, sin duda, razonable. Pero, el problema que trasluce es qué tenga derecho a cobrarnos; o que 40 euros no está justificado desde una perspectiva de costes de la emisión de una tarjeta de embarque y, por tanto, lo que hay detrás es, quizá, el pago de una pena, como parecen ser los 40 euros, sí puede resultar abusiva... No sé si la demanda planteada de forma distinta hubiera obtenido la misma resolución; que, a mí, así planteada también me parece razonable.

ABELEDO ABOGADOS dijo...

Pues podemos estar de acuerdo o no. Pero en las condiciones lo pone claro. Ahora bien, leer la letra pequeña es abusivo?. Yo he volado con ryanair y lo leí. Otra cosa es que sea la única compañía que ofreciera el servicio. Además, porque no se interpone demanda cuando Iberia te cobra tres veces el billete en un mismo trayecto?

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